dissabte, 28 d’abril del 2012

Respuesta inmediata de la IPP frente a la brutalidad del Decreto de 20 de abril, pretende liquidar el Sistema Público de Salud a nivel del Estado


Respuesta inmediata de la IPP frente a la brutalidad del Decreto de 20 de abril

Respuesta inmediata de la IPP frente a la brutalidad del Decreto de 20 de abril, pretende liquidar el Sistema Público de Salud a nivel del Estado

Lo tenemos que evitar.
Reunida la Comisión Gestora de la Iniciativa Penal Popular para tratar, entre otros asuntos, del Decreto-Ley 16/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes para “garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones”, creemos imprescindible hacer un amplio llamamiento a la sociedad civil, partidos que defienden la sanidad y la salud públicas, sindicatos y de organizaciones de usuarios de la sanidad, de análisis y estudio de las políticas de salud y profesionales de la sanidad y la salud, ante un texto legal que supone una regresión histórica sin precedentes. Por nuestra parte, valoramos de urgencia lo siguiente:
1)    Se trata de un retroceso fundamental en derechos de ciudadanía al hacer depender de nuevo el derecho a la atención sanitaria pública, como en tiempos del franquismo, a relaciones laborales por cuenta de terceros (o propias), recuperando la figura del “cabeza de familia” como fuente de acceso a la sanidad pública para los hijos menores de 26 años (o mayores de esa edad si se acredita un grado de discapacitación igual o superior al 65%), su pareja debidamente legalizada o su expareja, siempre que “dependa económicamente” del asegurado. Por tanto, el Decreto/Ley recupera un sesgo jerárquico y machista impropio de una sociedad de personas iguales, recuperando en gran medida la figura del patriarca que “gana el pan” (“el asegurado”)  y la del (“beneficiario”) que depende de lo que equivaldría al “jefe de familia” para su bienestar económico y para el acceso al sistema de salud.
2)     Junto a la desaparición de los derechos de ciudadanía por derechos derivados de situación laboral, con un claro sesgo de género, reaparece el carácter de la beneficenciaal que se podrán acoger todas las personas con nacionalidad española, o extranjeras residentes o “titulares de unas autorización para residir en España”, “siempre que acrediten que no superan el límite de ingresos determinado reglamentariamente”.
3)    En el DL. se considera imprescindible  regular la condición de asegurado, como condición previa por la que (en tiempo verbal de futuro)  “se podrá garantizar una asistencia publica gratuita y universal”. Serán “asegurados” pues (y tendrán derecho a asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos) quienes formen parte de la población activa (personas empleadas por cuenta propia o ajena o en paro), los pensionistas,  quienes acrediten su condición de “beneficiario” por su relación de dependencia, quienes acrediten su falta de medios. El estatuto de “beneficiario” tendrá una relación efectiva similar. Finalmente, se podrá acceder a la asistencia sanitaria pública mediante el pago de contraprestación o cuota derivada de un convenio especial.? : Nuevo Repago !
4)     A mayor abundamiendo, el retroceso de la universalidad entendida como un derecho ciudadano fundamental, se expresa claramente en el propio texto del D/L cuando dice textualmente, que lo que era en anteriores disposiciones legales un sistema de salud “universal”,  pasa ahora a tener “vocación universal” (2ª.linea Decreto).  Y por los artículos y disposiciones que siguen, cabe dudar, con sobrados motivos, de dicha “vocación universal”.
5)    Se justifica la pérdida de eficacia, descoordinación, “insostenible déficit” por el diferente comportamiento de las CC.AA. al administrar los sistemas de salud, aduciendo que  pone en peligro la cohesión territorial y la equidad. Sin embargo, lo vago de las amenazas más parecen tender a una neo-centralización en clave de dominio del Partido Popular que a una fiscalización de las políticas de privatizaciones, subcontratas, externalizaciones, corruptelas y presuntas o probadas prevaricaciones para evitar nuevas situaciones de malversación de recursos, opacidad y fraude.
6)    El D/L, en cambio, no puede dejar de dar los reiterados y falaces argumentos culpabilizadores sobre la población al hablar del envejecimiento de la población, del coste acrecentado de incorporar las innovaciones sanitarias, y del abuso de los medicamentos que llegan a causar incluso problemas en el medioambiente…
7)    El agravamiento en las condiciones de CO-REPAGO, con la exclusión de prótesis y productos por determinar, la introducción del REPAGO en servicios ambulatorios fundamentales como el transporte asistido para diálisis, tratamientos invalidantes, etc., va a significar la pérdida de servicios y medicamentos fundamentales a personas que los necesitan para su salud e incluso supervivencia, en tanto supondrá una carga burocrática costosa e ineficaz por la complicada (e injusta) aplicación de los distintos tramos de Repago, incluido el Repago con que se grava a pensionistas y la fórmula (todavía por concretar) en que se efectuará la devolución de los límites de gasto permitido (pero siempre en contra de la persona enferma). Las atenciones de rehabilitación y terapias ambulatorias quedan en la práctica sometidas y condicionadas a la capacidad económica, o no, de las personas.
8)    La exclusión de las personas que no puedan acreditar su residencia significa un auténtico atentado a la salud pública. No sólo los servicios de urgencias van a acusar un impacto desmedido que agravará las condiciones de atención del resto de la población que precise dicho servicio, sino que sitúan al servicio de Urgencias en la imposibilidad de tratar cualquier enfermedad que requiere el lógico control en su evolución y resolución. En todos los casos la atención urgente debe continuarse en los otros niveles de asistencia, incluida la hospitalización, cuando proceda. Ejemplos, en cantidad y avasalladores: neumonías, traumatismos – fracturas, cirugía, observación diagnóstica, etc.
Esta expulsión del sistema de unas personas excluidas administrativamente representa el regreso a épocas pretéritas de descontrol, desregulación, xenofobia, segmentación e inequidad, incremento de desigualdades, pero también de aumento del riesgo generalizado, anulación de toda política de prevención y promoción de salud y la liquidación de las mismas bases de la Salud Pública como està entendida y conceptuada por la comunidad científica internacional i la OMS.
Y hacemos un llamamiento a la participación en la manifestación del 29 de abril.